Podrá solicitar la exención de la materia de Educación Física el alumnado que reúna alguno de los siguientes requisitos:
La exención para el alumnado con necesidades educativas especiales podrá tener carácter parcial o total.
En el caso de una exención total, el alumno estará exento de evaluación y calificación en la misma. El centro garantizará la atención al alumno durante el horario escolar ordinario correspondiente a la materia. En todo caso el alumno podrá participar en las actividades relacionadas con la misma que puedan contribuir a su desarrollo personal, para lo cual deberá contar con la autorización expresa del director o directora del centro.
La exención parcial implicará la adaptación de alguno de los siguientes elementos del currículo: Objetivos, contenidos, criterios de evaluación, estándares de aprendizaje evaluables y mínimos exigibles para superar la materia. Esta adaptación en ningún caso se tendrá en cuenta para minorar la calificación obtenida.
El alumno, o sus padres o tutores legales si fuera menor de edad, deberá presentar al inicio de curso, antes del 30 de septiembre, la solicitud de exención. En caso de circunstancias excepcionales sobrevenidas, el plazo de presentación será de quince días desde que se produjeron las mismas.
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